PROTECCIÓN DEL CONOCIMIENTO

 
La Unidad de Transferencia de Tecnología de IBIMA de asume un papel proactivo de apoyo y gestión en la protección de los resultados de investigación y en el establecimiento de alianzas, garantizando un marco homogéneo de relaciones con el sector empresarial en consonancia con el Modelo de Propiedad Industrial e Intelectual.

¿CÓMO PROTEGER UNA TECNOLOGÍA?

Registro de propiedad intelectual

Creaciones de la mente. Comprende las obras literarias y artísticas, los diseños arquitectónicos y los programas de ordenador (se registra el código fuente, salvo excepciones en las que puede ser “patentable”).

Registro de propiedad industrial

Si la creación resuelve un problema técnico y tiene aplicación industrial

Patente

Título que impide a otros su fabricación, importación, venta o utilización sin consentimiento del titular durante un periodo de 20 años. Ej.: nueva molécula

Modelo de utilidad

Invenciones consistentes, por ejemplo, en dar a un objeto una configuración o estructura de la que se derive alguna utilidad o ventaja práctica. Ej.: instrumento quirúrgico

REQUISITOS DE UNA PATENTE

Novedad

La invención no puede estar comprendida en el estado de la técnica, es decir, no debe haberse hecho accesible al público, ni en España ni en el extranjero, por una descripción escrita u oral, por una utilización o por cualquier otro medio antes de solicitar la patente.

Actividad inventiva

La invención soluciona un problema técnico concreto de manera no obvia para un experto en la materia.

Aplicación industrial

El objeto de la invención debe ser susceptible de explotación industrial.

Reproducibilidad de la invención

La invención debe estar redactada de manera que se pueda llevar a efecto con la información que contiene la memoria descriptiva.

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